Mucho más que la palabra “paco”: Mega responde a la sentencia en favor de Paulina de Allende-Salazar
Luego de la decisión del 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que ordenó a Megamedia (Canal Mega) pagar una considerable indemnización a la periodista Paulina de Allende-Salazar, la empresa presentó un recurso de nulidad. En este recurso, argumentaron que la resolución “es previsible, ilegal e ilógica”.
De acuerdo con La Tercera, el documento de la cadena de televisión señala que “el procedimiento que llevó a la sentencia en cuestión se realizó con una clara violación a las garantías fundamentales de nuestra representada, lo cual fue señalado en múltiples ocasiones por nosotros a través de los canales legales, sin que se nos prestara atención”.
Además, se sostiene que “es previsible porque el sesgo de la jueza era evidente y se podía anticipar desde el inicio”.
En particular, Megamedia acusa a la jueza Luz Adriana Celedón Bulnes de mostrar parcialidad, indicando que “la conducta de la sentenciadora afecta el derecho al debido proceso del demandado, ya que se le obliga a aceptar un claro conflicto de intereses, como lo indicó el Pleno de la Corte de Apelaciones”.
El recurso menciona que la jueza es parte de una sociedad profesional llamada Celedón, Bulnes y Compañía Limitada, cuyos miembros habían patrocinado anteriormente un caso en favor de la periodista demandante. Además, se menciona que “la magistrada se negó a inhibirse en esta causa a pesar del evidente conflicto de interés que le concernía”, lo que afectó la imparcialidad del juicio y el derecho al debido proceso de la empresa.
Sobre el término “paco”
Es importante recordar que el uso de la palabra “paco” por parte de la periodista fue uno de los factores que derivaron en su despido y en el juicio posterior. En su sentencia, la jueza concluyó que “el uso de la palabra ‘paco’ para referirse al personal de Carabineros es un modismo completamente integrado y normalizado en nuestra cultura”. Sin embargo, Megamedia argumenta que “el contexto en el que se utilizan las palabras generalmente determina su significado y efectos”.
En este sentido, los abogados sostienen que el término fue empleado durante la cobertura del asesinato de un carabinero, lo que “provocó una gran conmoción en la audiencia y afectó la imagen de la empresa, como se evidenció en las miles de denuncias presentadas al Consejo Nacional de Televisión”.
Evaluación de las pruebas
Megamedia también critica la manera en que se evaluaron las pruebas en el juicio. Según el escrito, “el tribunal ignoró las consecuencias de las expresiones de la señora De Allende-Salazar y su comportamiento posterior tras referirse al mártir de Carabineros como ‘paco’”.
“La sentencia impugnada incurre en la causal de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo (infracción de las normas sobre apreciación de la prueba), dado que llegó a una conclusión que se aparta de los principios de la lógica formal”, señala la acción judicial.