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¿Estás cesante? Estos son todos los beneficios y derechos que puedes acceder



Cuando una persona se encuentra sin trabajo, el Seguro de Cesantía es la opción más conocida de las personas para obtener dinero, pero no todos saben que hay otros beneficios y derechos que compensan este periodo. 

Ante todo, es de importancia que el desempleado exija su finiquito, ya que este es el documento legar que pone el término de la relación laboral, en caso de renuncia o despido.

Otro paso importante, es dar aviso a Fonasa o a su Isapre sobre su situación laboral.

Acá te presentamos una lista de beneficios que puedes acceder si te encuentras cesante:

Seguro de Cesantía

Este Seguro de Cesantía se encuentra a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), la cual protege a todos los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicios.

Cada afiliado, tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), en la que el empleador debe cotizar mensualmente el 3% de las remuneraciones imponibles de sus empleados. Este aporte es obligatorio en distintas proporciones, según el tipo de contrato.

Entonces, al momento que la persona queda sin trabajo puede retirar dicho dinero acumulado en la cuenta, mediante giros mensuales.

Cabe recordar que todos aquellos que comenzaron su relación laboral posterior al 2 de octubre de 2002, su afiliación al seguro de cesantía es obligatoria y debe ser comunicada por el empleador a AFC Chile.

Pincha aquí para realizar el trámite

 

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Este beneficio llamado Fondo de Cesantía Solidario (FCS) va enfocado para los afiliados de la AFC que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía. Asimismo, también se puede pedir cuando a la persona se le agotan estos recursos.

Este fondo se financia a través de aporte estatal y con el 0,8% de la cotización del empleador (con contrato indefinido) o el 0,2% de la cotización del empleador (con contrato a plazo fijo, por obra o faena).

El beneficio puede ser solicitado ingresando al sitio web de la AFC, digitando tu RUN y clave de acceso AFC o con su ClaveÚnica.



Subsidio de Cesantía

Este subsidio permite que los trabajadores que se encuentran cesantes, puedan acceder a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días.

Dentro de los beneficios se incluye, apoyo médico gratuito en los consultorios y hospitales del Servicio de Salud; recibir asignación familiar y/o maternal por sus cargas reconocidas; y asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que el beneficiario fallezca.

El Subsidio de Cesantía debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación), que también será la encargada de su pago, por mes vencido.


Indemnización por término de contrato

Esta indemnización es un complemento o sustituye la que se realiza por años de servicios, y el seguro de cesantía.

El monto puede ser cobrado en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.

En el caso de los trabajadores dependientes, la cuenta puede ser abierta pactando con el empleador el aporte mensual que hará este último (para cubrir la indemnización a todo evento).

Si se trata de trabajadores de casa particular, por ley, los empleadores tienen la obligación de efectuar los aportes. Asimismo, el trabajador tiene el derecho de cobrarla al término del contrato.

Cabe recordar que desde el 1 de octubre de 2020, los trabajadores de casa particular también tienen derecho al seguro de cesantía.