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¿Quiénes reciben el Bono de Invierno 2023 directo a su Cuenta RUT?



La primera semana de mayo comenzó la entrega del Bono de Invierno 2023, que va directo a los pensionados de nuestro país y que entrega $74.767 pesos, pero se deben cumplir algunos requisitos. 

Se estima que este beneficio económico ayude a más de 1 millón 550 mil pensionados, valiendo un gasto fiscal sobre los 115 mil millones de pesos.

¿Quiénes reciben el dinero en la Cuenta RUT?



Por su parte, el Instituto de Previsión Social (IPS) señaló que ya realizó todas las acciones para que las personas reciban el dinero, que va detallado en la liquidación de pago de la pensión del mes cursado. Destacar que no se debe hacer ningún trámite adicional para recibir el bono. 

Sobre esto, se informó que alrededor de 308 mil pensionados del IPS (42% de los beneficiarios) recibirán el pago directamente en su Cuenta RUT vigente.

Para los pensionados del IPS, personas que perciben la PGU y pensionados del Instituto de Seguridad Laboral, el bono lo paga el propio IPS.

Por otro lado, los pensionados de AFP y otras entidades, cada institución tendrá que hacerse cargo en el pago del bono, por lo que se aconseja consultar con su respectiva AFP.


LOS REQUISITOS

Todos los que pueden acceder al Bono de Invierno 2023 son aquellas que tengan 65 años cumplidos al 1 de mayo de este año y que se encuentren en los grupos detallados a continuación:

  • Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), de Dipreca, de Capredena y de las Mutualidades de empleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
  • Personas pensionadas del Sistema de AFP que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
  • Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Es decir, que reciban solo la PGU.
  • Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo una PGU, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo)

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